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‘ATORADA’ EN EL SENADO LEY PARA REGULAR REFUGIOS DE ANIMALES

CIUDAD DE MÉXICO.- Desde octubre de 2021 se encuentra “atorada” sin ser dictaminada en comisiones del Senado una iniciativa del senador Ricardo Monreal y Antonio Franyuti, director general de “Animal Héroes”, la cual busca regular a los refugios de animales “perseguir de oficio” la crueldad y el maltrato a estos seres vivos.

Se trata de una iniciativa para expedir la Ley General de Bienestar Animal, cuyo objetivo es dignificar el trato de los animales y sancionar a quienes los maltraten y asesinen.

La propuesta consta de 57 artículos en la que se amplía la gama de conceptos como el de “animal de compañía”, “animal destinado para consumo” y “animal en trabajo”, con la finalidad de diferenciar relaciones humano-animal y, por ende, la competencia de las autoridades.

Asimismo, la Ley General de Bienestar Animal busca otorgar certeza jurídica a los ciudadanos sobre su observancia y aplicación; sienta las bases para la creación de un sistema nacional de información, así como la regulación de los refugios, con la imposición de obligaciones adicionales a los tutores a cargo de este tipo de establecimientos.

En México existen diversas leyes y normas en materia de bienestar animal, no obstante, el maltrato y la crueldad hacia los seres vivos no humanos es un hecho recurrente.

Es decir, existe la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, avalada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (Unesco) y adoptada por nuestro país; el Código Penal Federal; la Ley de Responsabilidad Ambiental; la Ley Federal de Sanidad Animal (ésta particularmente en materia de prácticas en establecimientos dedicados al procesamiento de bienes de origen animal para consumo humano, como son los rastros); la Ley General de Vida Silvestre; la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; y las leyes y códigos penales en diferentes entidades del país.

En este sentido, casi todas las entidades cuentan con leyes de bienestar animal y tipifican como delito la violencia contra los seres vivos no humanos, con excepción de Chiapas y Tlaxcala, donde el maltrato animal aún no está considerado dentro de sus respectivos códigos penales.

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